Supresión del exequatur

Ejecución y reconocimiento de resoluciones judiciales de tribunales de Espana en Alemania

La ejecución de una resolución por un tribunal español en Alemania se rige por el Convenio de Bruselas, Reglamento (CE) n° 44/2001 del Consejo, 22 de diciembre del 2000 determina la competencia, el reconocimiento y la ejecución de las resoluciones judiciales en materia civil y mercantil en los Estados miembros de la Unión Europea.

Novedades del Reglamento “Bruselas I bis” - la supresión del exequatur es situación legal en Alemania desde enero 2015

Según el Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la competencia judicial de 2012, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil de las resoluciones dictadas en España que tengan fuerza ejecutiva gozarán también de esta en Alemania sin necesidad de una declaración de fuerza ejecutiva y un reconocimiento (exequatur). Debido al sistema de la justicia alemana la solicitud de ejecución se llama de forma diferente en Alemania.

El proceso de reconocimiento

El procedimiento de ejecución de las resoluciones se regirá por el Derecho de Alemania.

A efectos de la ejecución el solicitante facilitará a las autoridades de ejecución competentes en Alemania se requieren diferentes documentosen en función de si se trata del caso de ejecución de una resolución o del caso de ejecución de una resolución que ordene una medida provisional o cautelar. Le informamos de los documentos necesarios en su caso.

Traducción jurada de los documentos redactados en lengua alemana

Idioma ante los tribunales alemanes es el alemán. La autoridad de ejecución alemán podrá exigir al solicitante que facilite una traducción o transcripción del contenido del certificado.

La persona contra la que se inste la ejecución podrá solicitar una traducción de la resolución con el fin de impugnar la ejecución. Además, las autoridades de ejecución no tienen conocimientos de idiomas. Por ello, recomendamos que, en cualquier caso, la traducción anterior de documentos españoles. Desde el punto de vista práctico, vale la pena presentarla ya junto con el escrito de solicitud o demanda.

Apostilla del Convenio de La Haya

Con respecto a todos los documentos extranjeros, tal como venía ya establecido en el Convenio de Bruselas, no se requiere ninguna legalización o trámite análogo, por lo que no es exigible la Apostilla del Convenio de La Haya.

Carácter ejecutivo y notificación del título al deudor

El Convenio de Bruselas exigía la presentación, ante el tribunal requerido, de documentos que acreditaran el carácter ejecutivo y la notificación al demandado de la sentencia u otro título extranjero en cuestión.

Póngase en contacto con nosotros - un primer contacto es gratuito

Aceptamos mandatos comerciales a partir de un valor de 10.000 euros y órdenes de ejecución en toda Alemania.

Les comunicaremos los costos legales estimados en su caso específico (honorarios y tasas judiciales) en base a las informaciones facilitadas por Ud. Para obtener primera información o para solicitar una primera consulta informativa sobre su asunto puede contactarnos en español:

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